Cronología Histórica de Guinea Ecuatorial

Patricio Lumumba, carta a su esposa, Pauline Lumumba, enero de 1961, una semana antes de su asesinato:

"Ninguna brutalidad, maltrato o tortura me ha doblegado, porque prefiero morir con la cabeza en alto, con la fe inquebrantable y una profunda confianza en el futuro de mi país, a vivir sometido y pisoteando principios sagrados. Un día la historia nos juzgará, pero no será la historia según Bruselas, París, Washington o la ONU sino la de los países emancipados del colonialismo y sus títeres".


jueves, 1 de enero de 1998

Año 1.998

1998

Enero
El día 21 de enero de 1998 se da a conocer la formación de un nuevo Gobierno.
El 23 de enero la oposición guineana denuncia la detención y tortura en diferentes comisarías de la isla de Bioco de más de 200 personas de la etnia bubi, sospechosos de pertenecer al Movimiento de Autodeterminación de la Isla de Bioco (MAIN), al que el Gobierno acusa de matar a cinco soldados y un civil.
La oposición, por su parte, acusa al Gobierno de haber desencadenado una persecución sistemática contra la población bubi en la Isla de Bioco.

Febrero
El 14 de febrero, el comité nacional de disciplina del partido del progreso (PP) destituye a Severo Moto como líder de esa formación política. En la misma reunión se acordó la disolución de la representación del PP en España, donde se encuentra Moto.
El 24 de febrero, el presidente Obiang, de visita en París, solicita al presidente francés Jacques Chirac el reforzamiento de la colaboración entre ambos países. Al término de la entrevista que ambos mandatarios mantuvieron en el Elíseo, Obiang anunció que el Gobierno francés aportará, de hecho, ayuda logística a la cumbre de jefes de Estado de países centroafricanos que se celebrará en diciembre en Guinea Ecuatorial.
El mismo día, el Parlamento de Guinea Ecuatorial proclama por unanimidad al francés como segundo idioma oficial.

Marzo
El presidente Obiang, invita al representante de la ONU para su país, Alejandro Artucio, a que visite Guinea “para que verifique si hubo o no genocidio con el pueblo bubi” lo que se llevó a cabo entre los días 22 a 25 del mismo mes de marzo. El ministro de Exteriores, Miguel Oyono, señaló que tales acusaciones sólo caben “en la mente de aquellos que han lanzado a un grupo de jóvenes bubis a esa aventura, para intentar hacer de ellos una explotación política para fines de intereses oscuros sobre Guinea Ecuatorial”.

En España: Caso Gal Verde.
19 de Marzo del 1.998. El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño acordó ayer procesar por pertenencia a banda armada al general de la Guardia Civil Enrique Rodríguez Galindo, al ex gobernador civil de Guipúzcoa Julen Elgorriaga, y a los ex agentes del cuartel de Intxaurrondo, Angel Vaquero, Enrique Dorado y Felipe Bayo, en relación con el caso Laza y Zabala.
El juez, en un auto hecho público ayer, considera que el general Galindo dirigía una de «las ramificaciones» de los GAL, «que estaba constituida por un número reducido e indeterminado de guardias civiles destinados en el Servicio de Información de la 513 comandancia, con sede en San Sebastián».
Además de Galindo, el magistrado considera que el entonces gobernador civil de la provincia, Julen Elgorriaga, «ocupaba un puesto destacado» en esta banda. Esta misma consideración la hace sobre el ex secretario de Estado para la Seguridad, Rafael Vera, al que no procesa por este delito al estarlo ya en el caso Marey que juzgará próximamente el Tribunal Supremo.
UN GRUPO JERARQUIZADO Y ARMADO.- En los fundamentos jurídicos del auto, tras un relato estremecedor sobre las detenciones, las torturas y los asesinatos de José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, se indica que los que presuntamente participaron en los hechos, «sin destacar a otras personas a las que no se ha llegado a descubrir, son indiciariamente culpables de formar un grupo que, por sus objetivos, estructura claramente jerarquizada, medios, vocación de cierta permanencia y, naturalmente, armado, es constitutivo de un delito de pertenencia a banda armada».
El magistrado de la Audiencia Nacional se remite a un auto del Tribunal Supremo sobre el caso Marey para relatar «la formación de una banda organizada y armada llamada GAL», y añade que de los hechos acreditados por los asesinatos de Lasa y Zabala, se desprende «una técnica que parece homologada por aquellos vértices políticos y operativos que diseñaron los objetivos, y con la dramática convicción de que para los secuestrados y torturados, su única esperanza fuera la muerte».
Además de procesar por este nuevo delito a Galindo, Elgorriaga, Bayo y Dorado -todos ellos ya estaban acusados en este sumario por detención ilegal, tortura y asesinato-, el juez también acuerda en el auto procesar por estos tres tipos delictivos más el de pertenencia a banda armada al comandante Angel Vaquero Hernández, hasta ahora sólo imputado en el caso.
Según Gómez de Liaño, el comandante de la Guardia Civil «se encontraba en el centro de las acciones nucleares delictivas». Para el magistrado instructor, es Vaquero «quien indica la forma de interrogar a Lasa y Zabala», «quien está en La Cumbre de forma permanente», «quien canaliza todas las comunicaciones con los superiores», «quien supervisa», «quien indica cuándo se finalizan los interrogatorios» y «quien sabe que se los van a llevar».

Abril
Militantes de la opositora Convergencia para la Democracia Social (CPDS) y del Partido de la Unión Popular, fueron encarcelados el día 14 de abril, según denunciaron las mismas formaciones políticas.
El 21 de abril la oposición de Guinea envió una carta al Gobierno del presidente Obiang en la que le pedía que convocara a los países donantes para tratar sobre la financiación de las actividades del censo electoral para las elecciones legislativas previstas para 1998. La carta señalaba que “los miembros de los partidos políticos creen en la necesidad de una convocatoria urgente de los donantes para que éstos aporten la financiación”.

Mayo
Fuente: AI.
En mayo de 1998, un tribunal militar juzgó a más de 110 personas acusadas de estar implicadas en ataques contra varios cuarteles del ejército. El tribunal condenó a 15 de los encausados a muerte (a cuatro de ellos in absentia), y a unos 70 a penas de entre seis y 26 años de prisión. Al parecer, buena parte de los condenados, en su mayoría miembros del grupo étnico bubi, fueron detenidos sólo por su origen étnico. Muchos habían sido obligados a hacer declaraciones mediante tortura. Una delegación de Amnistía Internacional que asistió al juicio observó que varios procesados mostraban señales de tortura. Al menos seis de ellos habían muerto a consecuencia de la tortura durante el periodo de prisión preventiva y otros dos fallecieron después del juicio de mayo de 1998. Tras la imposición de la condena, varios reclusos han caído enfermos como resultado de las penosas condiciones de reclusión. A la mayoría se le ha denegado asistencia médica. Uno de los presos, Martin Puye, de 58 años, dirigente del Movimiento para la Auto-determinación de la Isla de Bioko (MAIB), murió en un hospital en julio de 1999, al parecer a consecuencia de los malos tratos y de la falta de asistencia médica adecuada. Otro recluso, Digno Sepa Tobachi, Elako, falleció en octubre de 1999 como resultado de la tortura y de la falta de asistencia médica.


Julio
Asesinato de Martín Puyé Topepe.




Martín Puye Topepe, lider Bubi de la oposición (pro Maib) condenado a 26 años decárcel, falleció el martes 14 de Julio en un hospital como consecuencia del mal trato y las torturas recibidos en prisión.
Los presos no reciben asistencia médica. El menú de la prisión es un trozo de pan duro, una sardina y un litro de agua para beber y asearse. No les permiten recibiralimentos de sus familiares.

Agosto
El día 13, un centenar de personas perdieron sus casas por las inundaciones ocurridas en Malabo y otros lugares de la isla de Bioco. El ministro de Exteriores y Cooperación Internacional, Miguel Oyono, informó que había sido un desastre sin precedentes. Las intensas lluvias originaron el desbordamiento de varios ríos y el hundimiento de dos puentes, uno de ellos entre Malabo y su aeropuerto y otro en la carretera que une la capital con la ciudad de Luba.

Septiembre
El presidente Obiang decidió el 10 de septiembre conmutar las quince penas de muerte impuestas por un tribunal militar, en junio, a miembros de la etnia bubi por las de cadena perpetua. Los condenados estaban en prisión por los delitos de “terrorismo, traición y tenencia ilícita de armas” como responsables de los ataques del 21 de enero, que causaron la muerte de un militar, dos policías y tres civiles.

Diciembre
El Movimiento para la Autodeterminación de la Isla de Bioko (MAIB) denunció el 4 de diciembre que desde hacía tiempo se venían produciendo detenciones en diferentes poblados de la isla y en su capital, Malabo. los detenidos pertenecían en su mayoría a la etnia bubi y eran acusados de pertenecer al MAIB.

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Sucesos de Enero del 1.998 y detenciones posteriores.
(No habían municiones en las instancias militares asaltadas, con lo que no se pudo armar al pueblo. Habían armas pero NO MUNICIONES. En esas condicio0bnes, desconocidas, resistir era imposible. Lo que sucedió posteriormente, por lo de la seguridad de Obiang, que SI disponían de municiones, además de armas, ...)

Enero del 1.998.

Fuente:
Alejandro Artucio, Informe del 25 de Enero del 1.999
Informe sobre la situación de los derechos humanos en la República de Guinea Ecuatorial presentado por el Relator Especial de la Comisión, Sr. Alejandro Artucio, deconformidad con la resolución 1998/71 de la Comisión de Derechos Humanos


Apartado F. Derecho a la integridad, seguridad y libertad de las personas- Hechos ocurridos a partir del 21 de enero de 1998

1. Los ataques de enero de 1998
24. Como hiciera constar en la adición a su último informe a la Comisión (E/CN.4/1998/73/Add.1) en la cual relataba los resultados de su octava misión al país (22 a 25 de marzo de 1998), en la madrugada del 21 de enero de 1998, diversos hechos de violencia de considerable gravedad se registraron en la isla de Bioko, cuando un grupo armado de civiles atacó sucesivamente los puestos militares de Moka y Lubá, y el puesto de control de policía de Banapá, cercano a Malabo, lugar éste donde fue herido de gravedad un miembro de la fuerza policial. En el caso de Lubá, la acción armada se extendió al servicio de energía eléctrica y a la casa de la Delegada Gubernativa. Como consecuencia de estas acciones, los atacantes mataron a tres militares y tres civiles.
25. Decretado un estado de alerta máximo por las autoridades fueron desplazados gran cantidad de efectivos militares a las diversas ciudades y poblados, los que arrestaron a unas 550 personas. En las operaciones de búsqueda de los insurrectos, fueron muertos por las fuerzas de seguridad dos civiles, presumiblemente integrantes del comando atacante: los jóvenes Gustavo Mulé, en las afueras del poblado de Belebú, y Marcos Manuel Rope Bita, en las inmediaciones de Rebola. De acuerdo a testimonios recogidos in situ por la misión en marzo de 1998, ambos fueron capturados heridos, no conociéndose las causas de sus fallecimientos. Con posterioridad a los sucesos, murieron otros tres civiles que habían sido detenidos y trasladados a la comisaría central de policía de Malabo: el enfermero Ildefonso Bocubo, quien habría sido torturado hasta producirle la muerte, según testimonio de su familia; un joven del poblado de Belebú, Irineo Barbosa, que de acuerdo a testimonios recogidos por la misión en el poblado donde fuera capturado, al momento de su detención tenía un buen estado de salud; y Carmelo Djeck Bohopa, arrestado a la salida de una iglesia en la ciudad de Malabo. En ninguno de los casos, se practicaron autopsias a los fallecidos que hubieran permitido conocer las causas de sus muertes.
...
2. Represión que siguió a los ataques del 21 de enero de 1998
27. Tras los sucesos referidos, los lugares donde se sucedieron los hechos, los poblados donde se refugiaron parte de los atacantes y en aquellos otros donde es conocida la oposición de la etnia bubi al actual Gobierno, fueron ocupados desde los primeros instantes por gran cantidad de efectivos militares y miembros de las fuerzas de seguridad, acompañados por personas sin uniforme. Estos contingentes que buscaban a "insurrectos" y a quienes les ayudaron o prestaron apoyo, ocuparon durante un lapso de dos semanas dichas poblaciones, procediendo a ingresar sin orden de registro en las viviendas, muchas veces violentando sus puertas y ventanas, sometiendo a un trato vejatorio a la población civil, y llevando a cabo actos de pillaje, sustrayendo dinero, objetos y animales de los moradores y en algunos casos, exigiendo el pago de sumas de dinero, bajo amenazas de ser arrestados.

28. De las 550 personas originariamente arrestadas, permanecieron en prisión, bajo investigación, un número de 110, siendo liberados los restantes. En un primer momento, las mismas fueron concentradas en la comisaría general de policía y en la cárcel pública de Malabo (conocida como "Black Beach") en condiciones de total falta de higiene, hacinamiento y deficiente alimentación. Gran parte de ellos fueron sometidos a intensas torturas y golpizas, mostrando en su cuerpo (brazos y piernas) las heridas y señales del mal trato. Además, permanecieron largo tiempo incomunicados. Los abogados defensores de buena parte de dichos detenidos, los Sres. José Oló Obono y Fabián Nsue Nguema, tuvieron por tal incomunicación enormes dificultades para prestarles asistencia jurídica.

29. Los comandos que protagonizaron los sucesos del 21 de enero pertenecían en su totalidad a la etnia bubi. El Gobierno, en los primeros momentos los ha sindicado como pertenecientes al Movimiento para la Autodeterminación de la isla de Bioko (MAIB), sin que el Relator Especial haya podido verificar tal pertenencia, negada por las autoridades del MAIB. A su vez, los poblados ocupados militarmente y objeto del trato vejatorio a su población civil, como las personas detenidas, pertenecen también a la mencionada etnia.

3. El juicio militar a los "insurrectos"
30. Los acusados de la "tentativa insurreccional" del 21 de enero, fueron sometidos a juicio sumario y público ante un Consejo de Guerra (tribunal militar), que se celebró en Malabo, en el mes de mayo de 1998, en el cine Marfil. Los juicios militares en Guinea Ecuatorial, dado su carácter sumarísimo, y la limitación que generan al derecho de defensa, en particular a la producción de prueba de descargo por parte de los imputados, a la comunicación con sus defendidos, suelen afectar al estricto cumplimiento del debido proceso legal. Así lo ha sostenido Amnistía Internacional que envió dos observadores al juicio, la que afirmó al mismo tiempo la falta de correspondencia en muchos casos, entre las severas condenas pronunciadas y la concreta actividad que se les imputaba.
31. La sentencia dictada en este llamado "macrojuicio" en fecha 29 de mayo de 1998 impuso severas condenas. Entre ellas, 15 penas de muerte a Epifanio Mohaba Babo (juzgado en ausencia), Remigio Meta (juzgado en ausencia), Anastasio Bita Rope (juzgado en ausencia), Guillermo Salamon Echuaca ("Alex"; juzgado en ausencia), Alejandro Mbe Bita, Leoncio Kota Ripola, Norberto Biabeda Bela, Reginaldo Bosio Davis, Ruben Mosibe Biancho, Ramón Riasa Malabo, Emilio Rivas Esara, Gabriel Borico Baja, Bienvenido Samba Momesore, David Sonde Muachuku y Domingo Effiong Iboc. Las demás condenas dictadas por el Consejo de Guerra llegan en 37 casos a penas de 26 años de reclusión, en otros 14 casos a penas de 12 años de reclusión, y en los restantes, a penas de 6 años.
32. El Presidente de la República, por Decreto Nº 140/1998 de fecha 9 de septiembre, conmutó las penas de muerte por las de reclusión perpetua. Estas conmutaciones son valoradas por el Relator Especial -y así lo hizo saber al Gobierno- como un gesto altamente positivo, en el que el Jefe del Estado se hizo eco de las peticiones de la comunidad internacional, y contribuyó de esta manera a la pacificación de las relaciones con la etnia bubi a la que, como se tiene dicho, pertenecen los condenados.

4. La muerte de Martín Puye Topete
33. Esta persona, conocido opositor al Gobierno, cuyas constantes detenciones fueran señaladas en anteriores informes del Relator Especial, fue sindicado en el proceso militar celebrado como una de las principales cabezas del intento insurreccional del 21 de enero de 1998 y condenado a 26 años de reclusión en mayo; en el mes de julio falleció en el hospital regional de Malabo.

5. Nuevas detenciones relacionadas con los sucesos del 21 de enero de 1998
34. En la segunda mitad de noviembre de 1998, en la isla de Bioko, se produjeron detenciones de personas pertenecientes a la etnia bubi, acusadas de encubrimiento de los cabecillas prófugos y condenados en ausencia, del intento insurreccional del 21 de enero (Guillermo Salamon Echuaca ("Alex"), Anastasio Bita Rope y otros dos). Los detenidos han sido sometidos a las diligencias previas para su procesamiento. Se trata de 23 hombres y 7 mujeres, los que permanecen en la comisaría general de policía de Malabo, donde el Relator Especial y los integrantes de la misión, pudieron conversar en privado con ellos. La mayoría de los detenidos varones mostraban claras señales en sus brazos y piernas de lesiones producidas por las ligaduras con las que fueron elevados del suelo, como una forma de tortura para obligarlos a hablar. Se les acusa de haber facilitado el ocultamiento de los mencionados jefes insurrectos y de posibilitar su fuga en sendas embarcaciones (cayucos) hacia Camerún. Entre el grupo, se encuentran cuatro cameruneses, presuntamente vinculados a los hechos.

G. Otras detenciones políticas

35. Nuevamente han sido sometidos a prisión los ciudadanos Guillermo Nguema Ela (ex Ministro) y Felipe Ondó Obiang Alogo (ex Ministro y ex Presidente del Parlamento), dirigentes del nucleamiento Fuerza Democrática Republicana (FDR), que no tiene hasta la fecha el reconocimiento gubernamental como partido político, cuyos casos fueran expuestos en el informe presentado a la Comisión en 1998 (E/CN.4/1998/73, párr. 57), aun cuando en ocasión de su última visita habían sido puestos en libertad vigilada. De acuerdo a lo expresado por los mismos al ser entrevistados en la cárcel de Malabo, fueron condenados en un proceso judicial irregular, a instancias del Fiscal General del Estado, por el delito de "acusaciones y denuncias falsas", a una pena de dos años y seis meses de prisión, al pago cada uno de multa de 200.000 francos CFA (1 dólar de los EE.UU.= 600 francos CFA) más una indemnización conjunta al Estado de 25 millones de francos CFA (unos 42.000 dólares de los EE.UU., al cambio actual), con motivo de un comunicado suscripto por ellos en septiembre, en el que denunciaban que eran objeto de vigilancia y control extremo y temían se los involucrara en alguna acción que pudiera presentarse como tentativa de "golpe de Estado". Los condenados han denunciado el caso como una persecución política por opinar libremente y hacer públicas sus ideas. El Relator Especial que tiene en su poder una copia de la sentencia, no puede sino lamentar dicha sentencia, pues a su juicio, del texto del comunicado no surge actividad delictiva alguna, que estuviere castigada por la ley penal, sino el ejercicio de derechos reconocidos por la Ley Fundamental, como el de la libertad de expresión. La sentencia condenatoria ha sido recurrida ante la Corte Suprema de Justicia por el abogado defensor de ambos.

36. El conocido abogado defensor de causas penales y secretario general de uno de los partidos en trámite de reconocimiento, José Oló Obono, se encuentra en prisión en la cárcel pública de Malabo, condenado por el delito de "injurias al Gobierno", a cinco meses de prisión, al pago de multa de 200.000 francos CFA más una indemnización al Estado de 15 millones de francos CFA (unos 25.000 dólares de los EE.UU.). Del estudio de la sentencia pronunciada por el Tribunal de Apelación de la región insular -cuya copia obra en poder del Relator Especial- resulta que la conducta del abogado consistió en una dura y fuerte crítica a las autoridades, realizada en ocasión de una entrevista a la prensa española, con motivo de la muerte de su ex defendido, Martín Puye Topete (véase el párr. 33). No puede percibir el Relator Especial la comisión de delito alguno previsto en la ley penal, sino el ejercicio de derechos reconocidos por la Ley Fundamental, como el de la libertad de expresión. Al mismo tiempo la sentencia importa un castigo por haber pretendido asumir el libre ejercicio de su condición de abogado de la familia de su ex defendido, Martín Puye Topete, que reclamaba su cuerpo (principios 16, 17 y 23 de los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados).
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Asesinados por la seguridad de Obiang en los sucesos de Enero del 1.998:

* Gustavo Mulé.
* Marcos Manuel Rope Bita.
* Ildefonso Bocubo.
* Irineo Barbosa.
* Carmelo Djeck Bohopa.
* Martín Puye Topete.
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Condenados en la macro criminal farsa del cine Marfil de Mayo del 1.998:
15 penas de muerte a:
* Epifanio Mohaba Babo (juzgado en ausencia).
* Remigio Meta (juzgado en ausencia).
* Anastasio Bita Rope (juzgado en ausencia).
* Guillermo Salamon Echuaca ("Alex"; juzgado en ausencia).
* Alejandro Mbe Bita.
* Leoncio Kota Ripola.
* Norberto Biabeda Bela.
* Reginaldo Bosio Davis.
* Ruben Mosibe Biancho.
* Ramón Riasa Malabo.
* Emilio Rivas Esara.
* Gabriel Borico Baja.
* Bienvenido Samba Momesore.
* David Sonde Muachuku.
* Domingo Effiong .

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